Naufraga (a este paso) la ley riders

La Ley de riders va camino del naufragio. Es decir, la mesa de diálogo social creada en el mes de octubre de 2020 para fijar el marco legal en el que deben desarrollar su actividad las plataformas digitales, poniendo fin a la explotación laboral de los trabajadores y trabajadoras que se viene produciendo hasta el día de hoy, está fracasando en su objetivo.

Las organizaciones empresariales han estado en esta mesa precisamente para eso, para que nada cambie. Su única aportación han sido maniobras dilatorias. El papel inexplicable lo ha interpretado el Gobierno, que ha ido rebajando el calado de sus propuestas, retirándose a sí mismo el apoyo que previamente se había dado. El Gobierno ha pasado de liderar el proceso de ordenación de las plataformas digitales en el entorno europeo, a situar sus posiciones muy por debajo de las que manifiesta, por ejemplo, la Comisión Europea.

Cronología de un naufragio

El diálogo social sobre plataformas digitales se inició acordando que, en el ámbito de la negociación, estarían incluidas las plataformas digitales de reparto y todas aquellas que utilizasen fraudulentamente la figura del trabajador autónomo, en la línea que había marcado el Tribunal Supremo en su Sentencia 805/2020, de 25 de septiembre sobre Glovo. El Gobierno asumió, además, la propuesta de UGT de crear un registro de plataformas digitales que permitiese conocer la realidad de las mismas.

Dado que el primer documento presentado por el Gobierno contenía buena parte de las reivindicaciones sindicales, las aportaciones de UGT y CCOO se centraron en: clarificar que la regulación no afectaba sólo a plataformas digitales de reparto, sino también a otras como las que proporcionan servicios en el ámbito del hogar familiar; establecer los requisitos del registro (de inscripción obligatoria para las plataformas, tal como sucede por ejemplo con las agencias de colocación, y de acceso público) como sector de actuación, el número de trabajadores, el modelo de organización del trabajo y el algoritmo; la creación de un observatorio tripartito para seguir la evolución de las plataformas a partir de los datos recogidos en el registro; la inclusión de una infracción y su correspondiente sanción para las plataformas que no se inscribiesen en el registro; y la exclusión de la relación laboral especial del servicio de hogar familiar de aquellas relaciones concertadas a través de plataformas digitales.

El Gobierno incorporó estas medidas, con mínimas modificaciones, a su siguiente propuesta escrita, y además añadían la información a la representación de los trabajadores. Estábamos a mediados de noviembre.

¿Y la patronal? Sin propuestas ni compromisos

CEOE y Cepyme no han presentado en la mesa de negociación ninguna propuesta escrita en los cinco primeros meses de trabajo. En la primera reunión aceptaron abordar el ámbito de regulación planteado, pero a partir de la segunda empezaron a cuestionar diferentes aspectos de las propuestas que ya habían sido aceptadas por el Gobierno, aduciendo por ejemplo que los algoritmos estaban protegidos por el secreto industrial (confundiendo deliberadamente los algoritmos laborales con los ligados a la producción).

No aceptaban menciones al algoritmo, ni registro de plataformas. No aceptaban nada de lo planteado y sólo les gustaba el observatorio tripartito. Alegaban problemas internos porque las propuestas sindicales amenazaban a empresas que -según ellos- cumplían la ley, porque las plataformas más conocidas las estaban presionando, porque las agencias de colocación se habían dado por aludidas (seguramente por lo de la prestación de servicios en el hogar familiar).

Y, sorpresivamente, el Gobierno empieza a cambiar de rumbo: el registro de plataformas era competencia de otros ministerios, el ámbito de la negociación no podía ir más allá de las plataformas identificadas en las sentencias del Tribunal Supremo y otros tribunales. Todo empezó a importar más que la situación de trabajadores y trabajadoras que estaban desempeñando su trabajo como autónomos cuando deberían ser trabajadores por cuenta ajena.

Y todo queda en un posit

A finales de noviembre de 2020 el Gobierno presenta un nuevo texto para la negociación, en el que ha desaparecido casi todo: adiós al registro, a la infracción, a la información a los trabajadores, y a extender la regulación al conjunto de plataformas que utilizan a trabajadores de manera fraudulenta. Cuantitativamente, se pasó de una propuesta de cuatro páginas, armada, mejorable sin duda pero que podría haber marcado un hito a nivel internacional, a otra que apenas ocupaba una página y de la que la patronal aun pedía eliminar más cosas. Hasta que en diciembre lo que pidió fue tiempo porque no tenían capacidad para comprometerse en nombre de sus organizaciones.

Antes de acabar el año, y dada la situación, UGT y CCOO presentaron una propuesta sindical conjunta para intentar reconducir la negociación. El Gobierno recogió parte de esa propuesta en un nuevo documento que presenta en la reunión del 20 de enero: se introduce por primera vez en el Estatuto de los Trabajadores (ET) la obligación de que la Representación Legal de los Trabajadores (el comité de empresa) tenga que emitir informe previo sobre los sistemas de organización y control del trabajo  incluyendo cuando estos deriven de cálculos algorítmicos; en la disposición final del ET se propone mencionar por primera vez a las plataformas como intermediarias de servicios y su condición de empresa cuando ejercen el poder de dirección y organización y hay indicios de ajenidad y dependencia.

La parte sindical de la mesa de negociación valora positivamente el texto y, en la reunión del 10 de febrero, plantean dos propuestas para mejorarlo: añadir la obligación de informar a la representación legal de los trabajadores sobre los algoritmos utilizados por las empresas que tuvieran repercusión en las condiciones de trabajo, acceso o mantenimiento del empleo, y dejar claro que el texto englobaba a todas las plataformas digitales que fraudulentamente usan la figura del trabajo autónomo y no solo a las de reparto o distribución.

La patronal, por su parte, manifiesta por fin una posición política: solo podría acordar sobre la base de que la regulación fuera exclusivamente para las plataformas de reparto y distribución, sin posibilidad alguna de ser interpretada de otra manera. A partir de ahí, el Gobierno dejó de lado su anterior propuesta, señaló su coincidencia con la patronal y dio por cerrada la mesa anunciando la presentación de un documento de síntesis.

Así se llega a la última reunión, el 23 de febrero, con el Gobierno asumiendo todas las posiciones de las organizaciones empresariales, y éstas tratando de hacer desaparecer los escasos vestigios de regulación que quedan en un documento de trabajo cuyo contenido cabe en un posit.

Otros sí avanzan

Mientras la mesa de diálogo social sobre plataformas de nuestro país atravesaba todas esas turbulencias, el Tribunal Supremo del Reino Unido dictaminaba que los trabajadores de UBER son asalariados, y la Justicia italiana ha multado con 700 millones a las plataformas de reparto Glovo, Just Eat, Deliveroo y Uber Eats y las obliga a la regularización como trabajadores asalariados de 60.000 repartidores y repartidoras.

Además, la Comisión Europea ha abierto la primera fase de consulta a los interlocutores sociales europeos sobre cómo mejorar las condiciones laborales de las personas que trabajan a través de plataformas digitales, y en el documento base para la discusión se contemplan las plataformas donde ” las personas que prestan servicios intermediados, con un mayor o menor grado de control, a través de una plataforma laboral digital, independientemente de la situación laboral legal de estas personas: trabajador, autónomo o cualquier otra categoría”.

Son personas trabajadoras por cuenta ajena

las plataformas digitales se consideran una nueva forma de empresa que, sin embargo, están recurriendo a prácticas laborales propias del siglo XIX. Niegan su condición de empleadores para no asumir ninguna de las obligaciones que les corresponderían como tales. Fomentan la competencia salvaje entre sus trabajadores y trabajadoras primando el trabajo a destajo. Incentivan esa competencia aceptando la incorporación (con prácticas opacas) de personas en situación administrativa irregular. Es decir, ofrecen a las personas trabajadoras la posibilidad de trabajar en sus plataformas, con sus reglas, sus precios, en sus condiciones, dejándoles libertad para explotarse a sí misma hasta donde quieran o puedan.

Esta forma de negocio es explotación laboral. La clave está en que las plataformas digitales de reparto (el subtipo de plataformas digitales que más claramente realiza estas prácticas) niegan ser ellas quienes lo hacen, porque niegan su relación laboral con estas personas.

UGT considera, sin embargo, que la legislación laboral vigente (y las sentencias judiciales que la interpretan) establecen claramente lo que es una relación laboral. Las plataformas digitales, como ha señalado el Tribunal Supremo en la sentencia 805/2020, de 25 de septiembre para la unificación de doctrina, sobre Glovo, tienen actuaciones que revelan el carácter laboral de su relación con las personas que trabajan para ellas: controlan su actividad mediante geolocalización por GPS, establecen las condiciones en que deben prestarse los servicios y controlan su cumplimiento a través de la app, proporcionan medios de pago a los trabajadores para cumplir los servicios que les encargan; les abonan compensación por los tiempos de espera; los trabajadores no participan de ninguna forma en el manejo del negocio, no intervienen en los acuerdos con los comercios o los clientes ni fijan los precios; y las plataformas se apropian de manera directa del resultado de la prestación del trabajo.

Share

¡Síguenos!

Y en Twitter ...

Suscríbete al blog

Introduce tu correo electrónico para suscribirte a este blog y recibir notificaciones de nuevas entradas.

Política de Privacidad RGPD
313,562 Suscriptores

Más temas ...

Otras historias

La Unión hace la fuerza

UGT edita un manifiesto que incorpora nuevos valores y objetivos Con motivo de su 130 Aniversario, la Unión General de Trabajadores ha editado un manifiesto

Share
Share