09 diciembre 2024, 22:58 PM

Sí, los trabajadores del sector cárnico tiene derecho al permiso de paternidad de su convenio

La negativa de algunas empresas del sector cárnico a reconocer la aplicación del permiso de paternidad pactado en el Convenio Estatal de Industrias Cárnicas, llevó a UGT-FICA a presentar el 15 de Julio de 2020 una demanda contra las asociaciones patronales del sector, ANICE, ANAFRIC, ANAGRASA, AGEMCEX, FECIC y, como partes interesadas a CCOO de Industria y al sindicato CIG.

El conflicto surgió entre las empresas del sector cárnico y UGT FICA en relación a la interpretación de articulo 50.B) del Convenio Colectivo de Industrias Cárnicas. Las patronales del sector interpretaron que, tras la publicación del Real Decreto ley 6/2019 de 1 Marzo de medidas urgentes de igualdad de trato, por el que se modifica y amplia el permiso por paternidad establecido en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, el permiso por nacimiento de hijos establecido en los puntos b) y c) del artículo 50 del Convenio Colectivo quedaba suprimido.

Por el contrario, UGT-FICA siempre entendió que el citado permiso por nacimiento de hijos establecido en el Convenio Colectivo de Industrias Cárnicas, seguía plenamente vigente, por lo que todos los trabajadores tenían derecho a disfrutarlo si se producía el hecho causante que lo motivaba. Esta postura se defendió tanto en la Comisión Paritaria del Convenio como en propia demanda. Para la Federación, el permiso establecido en el Convenio Colectivo, y el permiso por paternidad establecido en el articulo 48 del Estatuto de los Trabajadores, son permisos diferentes y perfectamente compatibles entre sí, en tanto en cuanto no se modifique el Convenio Colectivo.

En sala judicial, UGT FICA se ratificó en el contenido de la demanda para que se declarase que el artículo 50. b) y c) del Convenio Colectivo Estatal de Industrias Cárnicas se encuentra plenamente vigente y, en consecuencia, todos los trabajadores del sector tienen derecho al disfrute de un permiso de tres días por nacimiento de hijo que, en caso de necesidad de realizar un desplazamiento fuera de su residencia, se incrementará por el tiempo necesario para tal desplazamiento, con un límite máximo de cuatro días en total (permanencia y desplazamiento), y se condenase a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración.

Afortunadamente, la sentencia de la Audiencia Nacional desestima la excepción procesal de falta de acción que argumentaron las asociaciones empresariales del sector, y da la razón a la demanda de UGT FICA declarando que el permiso retribuido por nacimiento de hijo establecido en el convenio resulta compatible con la suspensión del contrato de trabajo por cuidado de menor prevista en el mismo texto convencional. No puede considerarse, por tanto, que la nueva regulación del RD 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes de igualdad de trato por el que se modifica y amplía el permiso de paternidad, pueda suprimir el permiso por nacimiento de hijos establecido en los puntos b) y c) del artículo 50 del Convenio Colectivo.

Para UGT-FICA esto significa un gran logro y celebra el fallo de la sentencia por suponer la recuperación de un derecho y la mejora social para todos los trabajadores y trabajadoras del sector cárnico. También por suponer una desautorización a una acción empresarial que consideramos injusta.

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